El derecho penal internacional comprende desde los delitos cometidos contra la Comunidad Internacional, juzgados ante la Corte Penal Internacional, hasta los procedimientos de orden europea de detención y entrega, de extradición y los procedimientos que investigan delitos con componente internacional en los que parte de las diligencias de investigación deben practicarse en terceros estados.

En este artículo se analizarán los procedimientos de orden europea de detención y entrega y de extradición.

Al igual que ante los delitos económicos es preferible contar con abogados especializados en penal financiero o económico, asimismo, se explicará la importancia de contar con un abogado especializado en procedimientos internacionales.

Orden Europea de Detención y Entrega

La orden europea de detención y entrega o euroorden, se emite por un estado miembro de la Unión Europea al resto de países miembros, con el fin de que se proceda a la detención y entrega al estado emisor de una persona contra la que se sigue un procedimiento penal, o contra la que se ha dictado una sentencia condenatoria.

El procedimiento se sigue ante la Audiencia Nacional, debiendo ponerse a la persona reclamada a disposición judicial en un máximo de 72 horas desde que se produce su detención, celebrándose a continuación una vista en la que se preguntará a la persona reclamada si consiente o no la entrega al país reclamante y, en caso negativo, se acordarán las medidas cautelares que se estimen pertinentes, incluida la prisión provisional.

La procedencia o no de acceder a la entrega al país reclamante se adoptará después de celebrarse una vista con práctica de prueba, adoptándose la decisión final mediante auto contra el que cabe recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Extradición

El objetivo del procedimiento de extradición es el mismo que el de la Orden Europea de Detención y Entrega, es decir, la detención y entrega al país reclamante de una persona, si bien el procedimiento de extradición rige respecto de países no miembros de la Unión Europea.

El procedimiento de extradición procederá en los casos que se determinen en el tratado firmado con el estado requirente, en defecto de tratado, regirá el derecho vigente en el país al que se solicite la extradición y, en defecto de ello, regirá el principio de reciprocidad.

El procedimiento de extradición se rige por los siguientes principios:

  • Doble incriminación: Los hechos por lo que se reclama a la persona objeto de la extradición deben ser delito tanto en el país reclamante como en el reclamado.
  • Especialidad: Solamente se concederá la extradición por los delitos reflejados en la solicitud, sin que proceda la entrega por otros delitos, excepto posterior ampliación de la solicitud.
  • Non bis in idem: No procederá la entrega de una persona que haya sido, o va a ser juzgada en España por los mismos hechos por los que está siendo reclamada.

Por otra parte, el procedimiento de extradición se divide en:

  1. Extradición activa, que tiene lugar cuando España reclama a una persona que se encuentra en un tercer estado y solamente procede respecto de:
  1. Ciudadanos españoles que, habiendo delinquido en España, se hayan refugiado en un país extranjero.
  2. Españoles que, habiendo atentado en el extranjero contra la seguridad exterior del Estado español, se hubiesen refugiado en otro país distinto al que delinquieron.
  3. Extranjeros que debiendo ser juzgados en España, se hubiesen refugiado en otro país que no sea el suyo.

El procedimiento de extradición activa se regula en los artículos 824 a 833 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

  1. Extradición pasiva, que se da cuando es otro país el que solicita a España la entrega de una persona y se regula en la Ley 4/1985, de 21 de marzo, de Extradición Pasiva.

La importancia de contar con un abogado especializado

Los procedimientos de derecho penal internacional y más concretamente los de orden europea de detención y entrega y extradición son procedimientos complejos, regulados por normas distintas y con especialidades procesales propias, por lo que resulta muy relevante que el abogado elegido para dirigir la defensa en uno de estos procedimientos tenga dilatada experiencia y conocimientos específicos respecto de los mismos.

Un abogado especializado en penal internacional debe estar al tanto de las novedades legislativas, jurisprudenciales y doctrinales relativas a este tipo de procedimientos, lo que resulta esencial a la hora de dirigir la defensa.

Una cuestión muy relevante en este tipo de procedimientos es la posible adopción de medidas cautelares, entre las que se encuentra la prisión provisional. La elección de un abogado especializado en derecho penal internacional puede suponer la diferencia entre la prisión provisional mientras se tramita el procedimiento de extradición o la libertad.La entrega a un tercer país para ser juzgado o para cumplir una pena provoca evidentes perjuicios en la persona reclamada y más cuando puede estar siendo víctima de una persecución política, cuando el país reclamante no respeta los derechos humanos, cuando corre el riesgo de sufrir trato inhumano o degradante…, por ello, la elección de un abogado especializado que defienda a los derechos e intereses de la persona reclamada es esencial.

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