¿Qué es el arbitraje?

El arbitraje es un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos, al que las partes se someten de mutuo acuerdo y que finaliza con la decisión del árbitro, cuyo cumplimiento resulta obligatorio para las partes.
Los notables retrasos que se producen en la Justicia española, unidos a los grandes costes que implica un procedimiento judicial, han hecho que en los últimos años se haya extendido el uso del arbitraje como medio para resolver conflictos de forma ágil.

¿Qué materias son susceptibles de arbitraje?

Las materias susceptibles de arbitraje son las siguientes:
Arrendamientos urbanos y rústicos.
Asociaciones, fundaciones y cooperativas.
Comercio internacional.
Conflictos medioambientales.
Construcción, derecho inmobiliario.
Derecho societario. 
Derecho urbanístico.
Energía, plantas industriales e ingeniería.
Derecho farmacéutico y sanitario.
Prestación de servicios.
Propiedad horizontal.
Propiedad industrial y derecho de la competencia.
Propiedad intelectual y derechos de la imagen.
Sucesiones y donaciones.
Contratación administrativa.
Contratación mercantil.
Contratos de colaboración.
Derecho aeronáutico.
Derecho bancario. 
Derecho de daños, responsabilidad civil y seguros.
Derecho deportivo.
Derecho marítimo y portuario.
Derecho patrimonial de familia.
Sucesiones y donaciones.
Tecnologías de la información y de la comunicación.
Telecomunicaciones.
Transporte.

¿Qué es un laudo arbitral?

El laudo arbitral es el documento en el que, de forma motivada, el árbitro resuelve las cuestiones planteadas en el arbitraje por las partes y adopta su decisión sobre la controversia suscitada.
Resulta destacable el hecho de que la decisión del árbitro a través del laudo arbitral tiene efectos de cosa juzgada y despliega fuerza ejecutiva que, de no cumplirse voluntariamente por la parte, puede solicitarse su ejecución forzosa al Juzgado de Primera Instancia correspondiente.

¿Qué ventajas tiene el arbitraje?

Las principales ventajas que presenta el arbitraje frente a un procedimiento judicial son:
Rapidez: siendo mucho más rápido que un procedimiento judicial.
Confidencialidad: los asuntos tramitados no son públicos.
Económico: al tratarse de un procedimiento ágil y con muchos menos trámites que un procedimiento judicial, los costes se reducen.
Flexible: el procedimiento no es rígido y se rige por el principio de autonomía de la voluntad de las partes.
Especialización: los árbitros son expertos en el asunto discutido.
Eficacia: los laudos arbitrales tienen fuerza ejecutiva, por lo que, o se cumplen voluntariamente, o puede solicitarse directamente al Juzgado de Primera Instancia que corresponda que lo ejecute de manera forzosa.

Artículos relacionados

Ramón Rodríguez Arribas