Como sabes, la incapacidad permanente está sometida a revisiones periódicas que permiten su calificación. En ocasiones, el trabajador que tiene reconocida una incapacidad permanente total o absoluta solicita la revisión para que se le reconozca la gran invalidez. También es posible que el INSS revise su gran invalidez y la baje de grado. En caso de que se desatienda su solicitud, ¿puede reclamar contra la denegación del INSS de la gran invalidez?

La pregunta debe ser contestada afirmativamente. Sin embargo, esto no significa que el recurso sea sencillo. Al tratarse de un procedimiento administrativo habrá que agotar esta vía antes de poder acudir a los Tribunales.

Vamos a dedicar nuestro artículo de hoy a esclarecer los trámites que deberá realizar el trabajador si quiere reclamar contra la denegación del INSS de la gran invalidez.

Interponer una reclamación previa

La calificación, evaluación y revisión de la incapacidad permanente corresponde al INSS. Este organismo también es el encargado de reconocer el derecho a las correspondientes prestaciones económicas y de determinar la contingencia causante.

Las causas que justifican una revisión de grado por parte del INSS son:

  • Mejoría.
  • Agravación.
  • Error de diagnóstico.
  • Realización de trabajos por cuenta ajena.

Cada vez que la revisión confirme el grado reconocido anteriormente, determinará el plazo a partir del cual se puede realizar la revisión. Sin embargo, en determinados casos se puede instar la revisión con anterioridad al transcurso de este plazo. Se trata de:

  • Realización de trabajos por cuenta propia o ajena.
  • Error de diagnóstico.
  • Aparición de nuevas dolencias.

Además, las resoluciones denegatorias de solicitudes de revisión no pueden establecer un plazo mínimo para instar una nueva revisión.

Cómo reclamar contra la denegación del INSS de la gran invalidez

En resumen, la solicitud de revisión es un procedimiento administrativo, sometido a determinados plazos y encomendado al INSS.

Así, si el trabajador tiene reconocida una incapacidad permanente en grado inferior a la gran invalidez y considera que concurren los requisitos para que se le reconozca esta podrá instar el procedimiento correspondiente para promover la revisión.

Cuando el INSS no reconozca la gran invalidez tras su revisión podrás recurrir contra su resolución. Al tratarse de un acto administrativo tendrá que agotar esta vía, por lo que el primer paso para reclamar contra la denegación del INSS de la gran invalidez es presentar la reclamación previa.

El INSS tendrá que confirmar o revocar su resolución en plazo de 45 días. En caso de no contestar en este plazo podrás entender desestimada tu reclamación, lo que te permitirá acudir a la vía judicial.

Demanda de incapacidad

Cuando el INSS desestime tu solicitud (sea explícitamente o por silencio administrativo) podrás presentar una demanda judicial.

Lo más recomendable si decides pasar a la vía judicial es que cuentes con la asistencia de un abogado con experiencia en esta materia. Actualmente es difícil conseguir una revisión favorable del grado de incapacidad (no tanto mantenerla). Además, necesitarás la asistencia de un perito médico para demostrar al órgano jurisdiccional que tu situación se ha agravado o sigue siendo determinante de una gran incapacidad.

Documentación y pruebas necesarias para que te concedan la gran invalidez

Actualmente resulta difícil conseguir un aumento del grado de la incapacidad reconocida. Por eso, antes de iniciar el trámite de revisión conviene asesorarse adecuadamente y reunir la documentación oportuna.

El documento más útil en este sentido es el historial clínico. Deberás acreditar que tu situación ha empeorado, para lo cual necesitarás todos los informes médicos que puedas reunir.

Ten en cuenta que el cuadro clínico por sí mismo no es determinante de un aumento de grado, por lo que resultará necesario contar con un informe pericial.

Recuerda que lo que resulta determinante del reconocimiento de una gran incapacidad es que necesites el concurso de otra persona para realizar los actos básicos del día a día. Esto implica que la documentación laboral será de poca utilidad para defender tu pretensión. Sin embargo, podrías reunir testimonios de las personas que te ayuden en tus tareas diarias o, en su caso, de los servicios sociales que te presten asistencia.

¿Qué plazo de tiempo tenemos para interponer las acciones pertinentes?

Tanto la reclamación previa como la demanda para reclamar contra la denegación del INSS de la gran invalidez se someten a un plazo de ejercicio de 30 días hábiles. Sin embargo, mientras el primer plazo computa desde el día siguiente a la notificación de la resolución denegatoria, el segundo computa desde el mismo día en que esta se reciba o se produzca el silencio administrativo.

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Ramón Rodríguez Arribas